eco habitat.
Proyecto Eco Barrio Productivo.
ECOBARRIO DE VILLA SOL.
Una empresa de vida que provee alimentos, trabajo, cuidado para los niños y los ancianos, con el respaldo de un grupo humano solidario.
Una propuesta creativa, participativa y esperanzada, implementando tecnologías ecológicas para la protección ambiental. Un proyecto abierto a la comunidad mediante programas laborales, de salud, cultura y educación.
Creamos un Ecocentro (inaugurado el 07/01/94) en la zona serrana, a 30 Km. de la ciudad de Córdoba, en un predio de 100 hect´reas con instalaciones y entorno natural apropiados. Desde allí fuimos formando nuestro Programa de Desarrollo Regional Sustentable y Solidario “Pro-Eco San Miguel.”

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Código Municipal de Salsipuedes.
A partir del 2008 se logro incluir el proceso urbanístico en el Código Municipal de Salsipuedes Ver…..El Ecobarrio esta respaldado por esta ley municipal Código de Edificación 2008, del Municipio de Salsipuedes.
Este año 2010 Se esta terminando con el proyecto de Ecobarrio Villa Sol y el acompañamiento proactivo a los vecinos (38 familias) con 19 casas construidas y en construcción y solo 7 lugares vacantes.
Los vecinos tienen su propia asamblea mensual y en breve su propia personería para hacerse cargo definitivamente del ecobarrio.
Nuevas perspectivas
Salsipuedes a partir del permanente trabajo en la localidad con nuestro Eco centro y hacia un nuevo urbanismo se nos convoco para participar con nuestros profesionales en el POU Plan de Ordenamiento Urbano de Salsipuedes.
Se incluira LinK en cuanto se publique
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SECCIÓN 3 - ECO BARRIO
http://www.ecobarriovillasol.com.ar
ART. 209: Forestación
Respetar en un todo el proyecto central del Eco Barrio de manejo de las aguas y reforestación, que contempla la reforestación de zonas de cumbreras con especie; autóctonas, y ia intangibilidad de los restos de bosques existentes, quedando a la libre disposición de los vecinos la inclusión de otras especies vegetales en las áreas desforestadas dentro de su propio lote que no se consideren perjudiciales.
ART. 210: Retiros, Veredas y Arbolado
No habrá obligación de retiros en los frentes o límites con espacios verdes, ni construcciones de cazuelas o veredas, ya que los senderos peatonales o vehiculares se trazarán de acuerdo a la topografía y la vegetación, sin materializar veredas formales, cercos.
No se permiten cercos ni cercos medianeros de una altura mayor a 0.70 metros de alto, salvo en espacios diseñados como patios internos que se integrarán el F.O.S
ART. 211: La edificación tendrá las condicionantes de bioarquitectura en relación al uso de materiales naturales y sustentables, adaptación al terreno, techos verdes, construcciones de cercos, línea de frente, todo responde a un criterio de respetar la topografía y fortalecer el bosque serrano.
ART. 212. Los muros serán de Tierra estabilizada y piedras del lugar.
ART. 213: Instalaciones sanitarias
Las construcciones tendrán sistemas de fito -depuración de aguas negras, o baños secos y filtrado mediante cámaras interceptoras de grasas y filtros de áridos para aguas grises.
ART, 214: Equipamiento
Se construirán Centros Comunitarios, de Salud, educativos y culturales, y una eco fábrica para la industria de la construcción que cubra todos los condicionantes ecológicos de impacto ambienta! exigidos en esta ordenanza.
ART. 215: Espacios verdes
Los espacios verdes comunes o comunitarios serán destinados a huertas, granjas, actividades culturales, deportivas y recreativas, calles internas de circulación .Estos espacios no pueden ser vendidos ni enajenarlos. Su uso se hará en beneficio del conjuntos y se podrán realizar obras como viveros, techados para sombras , y otras no
Cerradas en un 10% de su superficie – Edificios cerrados de uso comunitario, centros de salud etc.
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